La plusvalía es el nombre que se da al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Es un tributo que hay que abonar cuando se transmite una vivienda, en el momento de venderla, donarla o heredarla.

Si se vende, quien tiene que pagar es el vendedor, en el caso de donarla o heredarla, la tasa es abonada quien la recibe.

Es un impuesto que grava el aumento del valor del suelo, de que se hizo la primera compra hasta la actualidad.

Para hacer el cálculo, se toma el valor catastral del terreno en el momento de recibir la herencia o donación.

Para conocer ese valor, podemos dirigirnos al recibo del último IBI que pagamos, pues identifica el valor correspondiente.

Es un valor variable, pues depende del tiempo que pasa desde la adquisición del inmueble hasta que forma el patrimonio de los herederos.

Como máximo pueden tasarse 20 años. A partir de ese momento, se mantiene con el mismo importe.

Además del valor catastral hay que tener en cuenta el porcentaje de incremento.

Este porcentaje se obtiene multiplicando el número de años transcurridos desde que se adquirió el inmueble hasta la herencia o donación.

El Ayuntamiento es quien establece el coeficiente que ha de utilizarse en cada caso, siempre con límites.

El coeficiente será del 3,7% entre 1 y 5 años; del 3,5% hasta 10; del 3,2%, hasta 15; y del 3%, hasta 20 ó más.

Es relevante entender que hay diferencia entre heredar en un lugar u otro de España, por las bonificaciones que cada municipio tiene.

Hay diferencia entre pagar el impuesto por un incremento de 50.000 euros del suelo, que por 2.500 euro.

Existen supuestos para quedar exento del pago. Según la calificación del suelo.

Si se hereda finca rústica, el heredero no tiene la obligación de tributar por la plusvalía.

En base al valor del inmueble, se reconoció por parte del Tribunal Constitucional la exención del impuesto si se ha perdido valor desde la adquisición.

 

Si quieres más información, consulta nuestro Facebook: (5) Avimat Herencias | Facebook
No dudes en ponerte en contacto con nosotros: https://www.abogadosherenciamadrid.com/