Qué sucede si se quiere vender una casa con usufructo

El usufructo es una disposición testamentaria habitual a favor del cónyuge supérstite u otras disposiciones testamentarias.

La cuestión es que a pesar de este derecho de usufructo los dueños o las circunstancias pueden pretender la venta.

Qué sucede en este caso con el usufructo.

Hay varias opciones.

La primera es mantener el usufructo sobre el resultado de la venta.

Dependiendo de las circunstancias esto puede no ser una buena opción, pero sí lo es en determinadas condiciones.

Se recoge en la escritura.

Se informa al banco para que los rendimientos de la cuenta vayan al usufructuario.

 

El usufructo está pensado para proteger al usufructuario.

Está pensado para que, en la práctica, el usufructuario mantengan la misma situación de hecho.

De derecho hay otros interesados que son lo nudo propietarios.

Otra opción es valorar ese derecho de usufructo y repartir el producto de la venta.

El usufructuario recibe su parte en pleno dominio y en total disposición.

Los nudo propietarios también reciben el pleno dominio íntegramente antes de lo esperado.

Ahora bien, el usufructo habitualmente es vitalicio y esto plantea dos problemas.

Primero, la valoración de ese derecho vitalicio cuando la fecha de fin del usufructo es incierta.

Segundo, si ese derecho es vitalicio y el pleno dominio del usufructuario se acaba…

¿Qué sucede?

Pues depende del resto de circunstancias económicas y patrimoniales.

Es razonable pensar que los nudo propietarios tengan una obligación con respecto al usufructuario.

Es conveniente acordarlo con carácter previo para evitar incidencias a posteriori.

La primera cuestión, la valoración, disponemos de una pauta.

La regulación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones establece unos parámetros.

Un porcentaje del valor del bien que depende de la edad del usufructuario.

Con estos parámetros, 89- la edad del usufructuario sería un posible valor.

En todo caso, consúltenos.